Elartículo 61 LC recoge los efectos de la declaración del concurso sobre los contratos sinalagmáticos. En principio, la mera declaración de concurso no tendrá efecto sobre los contratos preexistentes. Si, declarado el concurso, una de las partes hubiera cumplido sus obligaciones y la otra no, estas obligaciones se mantendrán.
Enun concurso de acreedores FOGASA pagará salarios e indemnizaciones, pero con ciertos límites regulados por Ley. El trabajador puede cobrar cuando el administrador
Siel crédito no consta debidamente reconocido en la lista de acreedores, y consecuentemente no existe un certificado expedido por la Administración Concursal que recoja dicho crédito con el debido detalle, el FOGASA está legitimado para denegar la prestación a favor del trabajador que lo haya solicitado.
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  • cuando cobra el trabajador en un concurso de acreedores